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A.80.6

en Tobefu

Cargos en suspenso. Los funcionarios que mediante concurso interno o abierto pasen a prestar tareas en aquellas áreas de funciones contratadas, en tanto cumplan las mismas mediante la modalidad de contratación, mantendrán su cargo presupuestal en suspenso, el que volverán a ocupar una vez vencido el contrato respectivo. Los funcionarios en dicha situación, percibirán el sueldo correspondiente al cargo presupuestal en suspenso y la diferencia entre este y el correspondiente a la función de contrato.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
80.6
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título II, Cap. VII, Grupo VIII, Art. 80.6
Fuentes
Fuente: 
art. 40
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0007.0000.0000.0000.0000.I.0008.0000.0000.0000.0000.A.0080.0006.0000.0000.0000