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A.88

en Totid

(Reintegro parcial o total del pago de diferentes tributos a las empresas contribuyentes que empleen a los jóvenes de 16 a 24 años). Facúltese a la Intendencia de Montevideo a reintegrar parcial o totalmente lo pagado por tributos de Contribución Inmobiliaria, Patente de Rodados, Tasa General Departamental y Tasa de Saneamiento a aquellas empresas contribuyentes que a partir del 1º de enero de 1997 incorporen a las mismas, por un plazo de no menor a un año, a trabajadores jóvenes de entre 16 y 24 años cumplidos.
Los jóvenes contratados deberán gozar de todos los derechos y beneficios consagrados en las normativas laborales y de seguridad social vigentes y percibir un salario no inferior a tres Salarios Mínimos Nacionales.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
88
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título II, Cap. III, Acáp. I, Art. 88
Fuentes
Fuente: 
art. 35
Observaciones: 
Ver artículos 91 a 99
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.J.0001.0000.0000.0000.0000.A.0088.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.88