Back to top

A.91

en Totid

(Empleo juvenil). La Intendencia de Montevideo reintegrará parcial o totalmente lo pagado por tributos de Contribución Inmobiliaria, Patente de Rodados y Tasa General Municipal a aquellas empresas contribuyentes que incorporen trabajadores jóvenes de ambos sexos entre 16 (dieciséis) y 24 (veinticuatro) años cumplidos, egresados de los Programas de Formación y/o Capacitación Laboral dictados por las siguientes instituciones: Centro de Capacitación y Producción (CECAP) dependiente del Ministerio de Educación y Cultura; Curso de Progreso del Instituto  del Niño y Adolescente Uruguayo (INAU); Programa de Reconversión Laboral de la Junta Nacional de Empleo (JUNAE) y Asociaciones Civiles sin fines de lucro inscritas en el registro de la Intendencia.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
91
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Acáp. I, Art. 91
Notas: 

Ver artículos 88 a 90

Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 1 de la reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.J.0001.0000.0000.0000.0000.A.0091.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.91