Aumento de cupos extensiones horarias profesionales. Facultar a la Intendencia a ampliar hasta la cantidad de cincuenta (50) nuevos cupos, el número de funcionarios profesionales universitarios del Escalafón Profesional y Científico a los que se les puede conceder extensión horaria hasta 8 (ocho) horas diarias de labor de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 59o del Decreto No 24.754, de 6 de diciembre de 1990, modificativas y ampliatorias.
Notas:
Ver artículo 108 del presente Volumen.