Luego de dos intimaciones y en caso de no llevarse a cabo las medidas correctivas imprescindibles, el Servicio de Salubridad Pública procederá de oficio a implementar las acciones de eliminación o neutralización, gestionando la colaboración de las autoridades competentes, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones correspondientes, trasladando los costos a los tributos departamentales del predio en cuestión.