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D.2048.4

Luego de dos intimaciones y en caso de no llevarse a cabo las medidas correctivas imprescindibles, el Servicio de Salubridad Pública procederá de oficio a implementar las acciones de eliminación o neutralización, gestionando la colaboración de las autoridades competentes, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones correspondientes, trasladando los costos a los tributos departamentales del predio en cuestión.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2048.4
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte L, Título VII, Cap. I, Art. 2048.4
Fuentes
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.2048.0004.0000.0000.0000