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D.2179.1

Se entenderá por acera a los efectos de la aplicación de este Título, la superficie comprendida entre la línea de propiedades y la de cordones existentes o proyectadas más próximas, y por vereda las áreas pavimentadas de las aceras.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2179.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. VII, Parte L, Título II, Cap. I, Art. 2179.1
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
inc. 3
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
inc. 3
Administrativo
Órden: 
A.0007.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.2179.0001.0000.0000.0000
Id: 
VII-D.2179.1