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D.223.175

 Categoría de establecimientos. Por su escala edilicia y alcance de las actividades. Se establecen tres categorías en función del tamaño de los establecimientos:
Categoría I: Aquellas actividades que requieren superficies de suelo iguales o superiores a 3.000 m2, y se desenvuelven a escala metropolitana o urbana. Requieren, en cualquier caso y previo a su implantación, la presentación y aprobación de un Estudio de Impacto Territorial.
Categoría II: Requieren parcelas mayores o iguales a 600 m2 y menores a 3.000 m2.
Categoría III: Requieren parcelas menores de 600 m2.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
223.175
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título IV, Cap. III, Art. 223.175
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 11
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
art. D.175
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.D.0223.0175.0000.0000.0000
Id: 
IV-D.175