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D.224.537.10.10

Baldíos - Los predios baldíos existentes serán cerrados totalmente con un cerco frontal de mampostería hasta la altura de 2mts. Su lado exterior será revocado y pintado en colores que armonicen con la edificación cercana. Las paredes medianeras expuestas serán convenientemente impermeabilizadas y revocadas hasta 1mt.80 de altura. Por encima de este revoque los parámentos se pintarán de color uniforme hasta la altura de la finca demolida.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
224.537.10.10
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título XI, Cap. IV, Secc. V, Art. 224.537.10.10
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 11
Observaciones: 
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
(art. D.537.10.10 del Vol. IV Urbanismo)
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
(art. D.537.10.10 del Vol. IV Urbanismo)
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0011.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.D.0224.0537.0010.0010.0000
Id: 
IV.I-D.537.10.10