Uso del suelo - No se admitirá la construcción y/o ampliación de edificios cuyo destino sea el admitido en el Art. D. 241 y siguientes (zona I) cuando:
a - se ocupe más de un 50% del área del predio, en el Area Testimonial y
b - se ocupe más de un 80% del área del predio en el Area de Proximidad Testimonial.
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