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D.224.537.10.16

Obras Viales - La futura realización de obras viales dentro de las áreas indicadas, se ajustarán al trazado urbanístico original, cuya preservación se declara de Interés Municipal. En caso de que importantes razones de interés público hagan necesarias modificaciones a dicho trazado, el proyecto deberá elaborarse teniendo en cuenta las opiniones de la Comisión Especial Permanente, la que con debidos fundamentos, podrá imponer modificaciones al mismo.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
224.537.10.16
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título XI, Cap. IV, Secc. V, Art. 224.537.10.16
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 11
Observaciones: 
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
(art. D.537.10.16 del Vol. IV Urbanismo)
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
(art. D.537.10.16 del Vol. IV Urbanismo)
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0011.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.D.0224.0537.0010.0016.0000
Id: 
IV.I-D.537.10.16