Se califica como "Area de Proximidad Testimonial" a la que conforman los predios enfrentados a las calles:
Río Branco, acera Este entre Carlos Gardel y Durazno; Julio Herrera y Obes, ambas aceras entre Carlos Gardel y Durazno; Río Negro, ambas aceras entre Carlos Gardel y Durazno y entre Carlos Gardel y predios frentistas a la Rambla Naciones Unidas; Paraguay, acera Oeste entre Carlos Gardel y Durazno y entre Carlos Gardel y predios frentistas a la Rambla Naciones Unidas; y acera Este entre Carlos Gardel y Durazno y Carlos Gardel y Dr. José María Roo; Gutiérrez Ruiz, ambas aceras entre Durazno y Dr. José María Roo; Zelmar Michelini ambas aceras entre Durazno y Avda. Gonzalo Ramírez; Yí ambas aceras entre Durazno y Avda. Gonzalo Ramírez; Yaguarón, ambas aceras entre Durazno y Avda. Gonzalo Ramírez; Ejido, acera Oeste entre Durazno y Avda. Gonzalo Ramírez; predios frentistas a Zelmar Michelini acera Oeste desde Avda. Gonzalo Ramírez al sur exceptuando solares definidos en el Art.D.537.10.2; predios frentistas a Avda. Gonzalo Ramírez, ambas aceras desde Zelmar Michellini a Ejido, Domingo Petrarca, ambas aceras desde Avda. Gonzalo Ramírez hasta La Cumparsita; José María Roo, acera norte entre paraguay y Zelmar Michellini.
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