Al momento de otorgar cualquier permiso queda prohibido:
a- La ocupación del espacio público, que exceda la superficie ocupada por el vehículo, salvo autorización expresa en contrario y sin perjuicio de la obligación de contar con recipiente de residuos.
b- Arrojar desperdicios o efluentes a la vía pública.
c- La emisión de música o ruido por encima de los 60 decibeles A, o de los límites de inmisión fijados en la normativa vigente a fin de no afectar a los/las vecinos/as.