Las causales de pobreza notoria y ausencia del país por 5 (cinco) años consecutivos mencionados en los apartados a) y b) del artículo D. 2427, se justificará en la vía jurisdiccional mediante el procedimiento de información "ad perpetuam".
Las causales de pobreza notoria y ausencia del país por 5 (cinco) años consecutivos mencionados en los apartados a) y b) del artículo D. 2427, se justificará en la vía jurisdiccional mediante el procedimiento de información "ad perpetuam".
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