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D.3198

Zonas en que se divide el Departamento para la adopción del tipo de cerco. Se establecen en el Departamento tres zonas cuyos límites son los que a continuación se indican:
Primera Zona: La parte de la ciudad comprendida entre los dos frentes del Bulevar Artigas y el Río de la Plata.
Segunda Zona:
La parte de la ciudad comprendida entre el Bulevar Artigas, el Bulevar Batlle y Ordóñez, la Avenida 8 de Octubre, la Avenida Solano López, el Arroyo Miguelete y la Rambla República de Chile.
Tercera Zona: La parte del Departamento que no esté comprendida en las zonas ya indicadas.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
3198
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título I, Cap. III, Art. 3198
Fuentes
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.D.3198.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-D.3198