Las barreras se construirán con tabla o chapa de hierro galvanizado en perfecto estado, bien unidas entre sí y que impidan totalmente la caída de materiales hacia el exterior.
Las puertas que se coloquen deberán abrirse hacia el interior del recinto y estar provistas de los herrajes necesarios, para cerrarlas perfectamente durante la suspensión diaria de los trabajos. La altura de las barreras será como mínimo de 2.20 metros, y no deberán impedir la visibilidad de los elementos de señalamiento vertical de tránsito y de los que correspondan a la señalización luminosa.
Además de los materiales mencionados las barreras podrán ser construidas también con otros en buen estado de conservación, siempre que se mantenga la hermeticidad y rigidez de la barrera.
Lo mismo se aplica al entablonado a que se refiere el Art. D. 3226.
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