Instalaciones en la escena. Todos los fusibles deberán instalarse en el tablero correspondiente. Se prohíbe la colocación definitiva de impedancias, transformadores o cualquier otro aparato de regulación e interruptores de control. Estos aparatos se colocarán en uno de los locales indicados en el artículo D. 3545 o en otro especial de características semejantes.
Para la colocación provisoria de aparatos de cualquier naturaleza se deberán adoptar precauciones especiales de protección y vigilancia.
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