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D.3556

Los pasillos, escaleras, halls, servicios para el público y en general en todos los lugares destinados a salidas deberán colocarse luces que se mantendrán encendidas durante toda la función. Igualmente serán iluminados en forma permanente los elementos de defensa contra el fuego.
Encima de todas las puertas de salida de la sala se colocarán lámparas de alumbrado permanentemente en cajas transparentes que tengan la inscripción en rojo "SALIDA".

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
3556
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Art. 3556
Fuentes
Fuente: 
art. 243
Observaciones: 
art. 244
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.3556.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-D.3556