Placa identificadora. Los establecimientos destinados a hogares estudiantiles autorizados deben exhibir en el exterior de su fachada una placa identificadora de 0,40 metros de ancho por 0,60 metros de largo o su equivalente en metros cuadrados.
Placa identificadora. Los establecimientos destinados a hogares estudiantiles autorizados deben exhibir en el exterior de su fachada una placa identificadora de 0,40 metros de ancho por 0,60 metros de largo o su equivalente en metros cuadrados.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados