Los líquidos que se desagüen en los colectores, deberán reunir las condiciones necesarias para que no puedan producir directa ni indirectamente, inconvenientes de cualquier naturaleza en la red de Alcantarillado o en su conservación y limpieza, así como para que no interfieran con los procesos de autodepuración o de depuración a que sean o puedan ser sometidos.