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D.577

Placas de prueba y permisos de circulación. Las casas de construcción, ensamblado y venta de vehículos podrán obtener placas que llevarán inscriptas la palabra "Prueba" y el número de orden; que se destinarán por las mismas efectuar las experiencias necesarias para introducir nuevos modelos de vehículos en el mercado nacional o demostraciones con el fin de venta de la unidad en cuestión, o el empadronamiento o las reparaciones necesarias para ponerlo en condiciones reglamentarias. Dichas placas se destinarán solamente a ser utilizadas en unidades 0 km.

La División Tránsito y Transporte de la Intendencia de Montevideo expedirá, a fin de efectuar reparaciones, inspecciones y demás operaciones destinadas a:

I- Poner en condiciones reglamentarias vehículos, o

II-Trasladar automóviles con la finalidad de su empadronamiento; permisos especiales en los que constará, además de los datos personales del conductor y del vehículo, la finalidad para la cual fue emitido.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
577
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte L, Título II, Cap. II, Secc. II, Art. 577
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 40
Observaciones: 
Fuente: 
art. 101
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.D.0577.0000.0000.0000.0000
Id: 
V-D.577