Cuando los permisos sean asignados a las sociedades nombradas en los artículos D.848 y D. 849 o a un titular múltiple, deberá designarse a una persona física, responsable del servicio ante la Intendencia.
Cuando los permisos sean asignados a las sociedades nombradas en los artículos D.848 y D. 849 o a un titular múltiple, deberá designarse a una persona física, responsable del servicio ante la Intendencia.
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