Back to top

D.860.7

Los vehículos afectados al servicio deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) Estar empadronados en Montevideo;
b) Para los vehículos afectados a la categoría TIPO A y TIPO B, se debe contar con una antigüedad que no supere los diez (10) años a partir del primer empadronamiento. Para los vehículos afectados a la categoría TIPO C, la antigüedad no podrá superar los quince (15) años.
Los vehículos afectados a la categoría TIPO A y TIPO B se podrán desafectar en cualquier momento, y podrán pasar a ser afectados a la categoría TIPO C, teniendo como limite de antigüedad máxima 15 años.
c) Poseer una capacidad mínima para cinco (5) personas;
d) Tener inscripta en forma espejo, la leyenda “Ambulancia” con caracteres suficientemente grandes para ser percibidos a través del espejo retrovisor de los vehículos que circulan delante;
e) Estar equipados con señales acústicas y luminosas especiales;
f) Estar dotados de calefacción y poseer aberturas de ventilación controlada;
g) Poseer un habitáculo recubierto con material que permita su fácil limpieza, cumpliendo con las normas vigentes en materia de higiene, desinfección y tratamiento de deshechos médicos (artículos D.2031.1 a D.2031.7 del Libro VI Parte Legislativa, de la Sección II del Capítulo XI Sección II “De las ambulancias”, Volumen VI del Digesto Departamental).

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
860.7
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título II, Cap. I, Secc. VI, Art. 860.7
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 4
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0006.0000.0000.0000.0000.D.0860.0007.0000.0000.0000
Id: 
V-D.860.7