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R.1171.90

Son causas de revocación de los permisos las siguientes:
a) renuncia, fallecimiento o incapacidad del permisario cuando no se haya operado el procedimiento del artículo R. 1171.57 del presente reglamento;
b) la constatación de 3 (tres) inasistencias consecutivas o alternadas en un plazo de sesenta días, contados a partir de la primera inasistencia por ausencias injustificadas según el artículo R.1171.75.
No se computarán las inasistencias cuando esté lloviendo a la hora de comienzo de las ventas aunque esta circunstancia no interrumpirá la consecutividad respecto de inasistencias anteriores;
c) la trasgresión en forma reiterada del presente reglamento;
d) el no pago en tiempo y forma de los derechos que corresponden;
e) la falsificación o adulteración de datos en los documentos del permisario, sin perjuicio de la responsabilidad penal;
f) el no cumplimiento de todo lo reiterado a la higiene del lugar;
g) autorizar a cualquier título, que otras personas permisarias o no, comercialicen mercaderías que no sean propiedad o responsabilidad del titular del puesto, estando o no éste presente.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1171.90
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Grupo XII, Art. 1171.90
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Ap. V) y VI)
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Art. 44 de la Reglamentación
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Art. 44 de la Reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0010.0000.0000.0000.0000.D.0010.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.I.0012.0000.0000.0000.0000.R.1171.0090.0000.0000.0000
Id: 
X-R.1171.90