Toda instalación de amplificadores de voz que se autorice en las plazas de la ciudad, deberán siempre ajustarse para la colocación de aparatos o soportes a las indicaciones previas que haga la Unidad de Areas Verdes Centrales. A ese efecto los interesados que obtengan el respectivo permiso deberán pedir instrucciones a esa repartición antes de la colocación de los aparatos en las plazas.