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R.12

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN
De la Dirección General del Departamento de Planificación dependerán en línea directa los siguientes:
GERENCIAS
- Planificación Territorial
- Producción Gestión y Análisis de la Información
UNIDADES
- Gestión Presupuestal
- Oficina Central
- Equidad, Derechos y Territorio
De la Gerencia de Planificación Territorial dependerán en línea directa las siguientes:
UNIDADES
- Plan de Ordenamiento Territorial
- Gestión Territorial
- Control y Monitoreo Territorial
- Protección del Patrimonio
- Normas Técnicas
- Integración de la Planificación
- Resiliencia
Asimismo dependerá en línea directa la Comisión Especial Permanente de Montevideo Rural.
De la Unidad Protección del Patrimonio dependerán en línea directa las Comisiones Especiales Permanentes de Patrimonio.
De la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información dependerán en línea directa los siguientes:
SERVICIO
- Geomática
UNIDADES
- Expropiaciones y Topografía
- Información Territorial
- Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial
Del Servicio de Geomática dependerán las siguientes unidades:
- Fotogrametría y Geodesia
- Nomenclatura y Numeración
- Cartografía y Producción
- Información Geográfica.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
12
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 12
Notas: 

Por Res. IM Nº 6059/23 de 19/12/2023 se crea la Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones la cual estará a cargo de asesorar a la Unidad Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial de la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información (GPGAI), en la resolución y diseño de los proyectos de modificación de alineaciones vigentes que se consideren relevantes o estratégicos para el desarrollo departamental y de revisar sistemáticamente las alineaciones vigentes de determinados polígonos a definir oportunamente, cuando así lo disponga esta Intendencia o quien se delegue.

(*) Ver Dto. JDM Nº 37.484 de 06/07/2020 que establece la integración y ámbito de actuación de las Comisiones Especiales Permanentes (CEP) en las áreas bajo Régimen Patrimonial de Suelo Urbano y de Suelo Rural Productivo, sus principales cometidos y atribuciones, idoneidad y representatividad, y Oficinas Técnicas de Área Patrimonial y del Área Rural Protegida, principales cometidos y atribuciones de la Coordinación Ejecutiva de las Oficinas Técnicas, Procedimiento y Prohibiciones.
Ver además Res.IM Nº 3152/21 de 23/08/2021, num. 1º que incorpora a la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) como integrante con derecho a voto de las Comisiones Especiales Permanentes de las áreas patrimoniales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3, lit. e del Decreto Nº 37.484.

Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece una nueva estructura orgánica – administrativa para el Departamento de Planificación, pasando la Unidad de Proyectos Urbanos Territoriales a depender en forma directa de la División Espacios Públicos del Departamento de Desarrollo Urbano, se suprime la Unidad de Coordinación Transversal Estratégica y la Gerencia de Proyectos y Agendas Estratégicas.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se suprime el Servicio de Catastro y Avalúos del Departamento de Planificación, pasando a depender del Departamento de Recursos Financieros.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece una nueva estructura orgánico – administrativa para el Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1, 2, 3 y 4
Observaciones: 
Se crea una Gerencia de Planificación Territorial que dependerá directamente del Departamento de Planificación, se establece que la Unidad Información Territorial pasará a formar parte del Servicio de Geomática y se establece que la Unidad Archivo Gráfico y Alineaciones pasará a denominarse Unidad Proyecto de Alineaciones y Modificación Predial y formará parte del Servicio Catastro y Avalúo del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la Unidad de Equidad, Derechos y Territorios, dependiendo en línea directa de la Dirección General del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece que la Unidad Policía Territorial pasa a denominarse Unidad Control y Monitoreo Territorial.
Fuente: 
num. 1 y 2
Observaciones: 
Se crea la Red de Gestión integrada por todas las Unidades de Gestión Presupuestal que se denominarán Unidades de Apoyo y Gestión Presupuestal.
Fuente: 
num. 1 y 2
Observaciones: 
Se crea la Unidad de Viabilidad de Usos (UVU), que dependerá del Servicio de Regulación Territorial del Departamento de Planificación
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la Unidad de Información Geográfica bajo la órbita del Servicio de Geomática, perteneciente a la División Planificación Territorial del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la "unidad de información territorial" (UIT) que dependerá del Servicio de Regulación Territorial del Departamento de Planificación,
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se Crea la Unidad de Gestión Presupuestal que dependerá directamente de la Dirección General del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 4
Observaciones: 
Se establece que la Unidad de Gestión de Proyectos Estratégicos (U.G.P.E.) pasará a denominarse Oficina de Proyectos Central, que dependerá de la Dirección General del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la Unidad Policía Territorial que dependerá directamente de la Dirección de la División Planificación Territorial del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se Crea la Unidad de Planificación Estratégica Institucional que dependerá directamente de la Dirección General del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Se establece que la Oficina de Gestión de Proyectos Estratégicos (OGPE) pasará a denominarse UNIDAD DE GESTION DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS (UGPE) y dependerá directamente de la Dirección General del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la Unidad Ejecutiva de Resiliencia (UER) que dependerá de la Dirección General del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crear la Oficina de Gestión de Proyectos Estratégicos (OGPE), la que dependerá directamente del Intendente de Montevideo.
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
num. 3
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la Unidad Estudios de Impacto Territorial, que tendrá carácter multidisciplinario y dependerá de la División Planificación Territorial del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se Crea la Unidad de Tecnología en Ciudades Inteligentes que dependerá de la División Tecnología de la Información del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la Unidad de Gestión Territorial, que tendrá carácter multidisciplinar y dependerá de la División Planificación Territorial del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
El num. 1 de esta resolución deja sin efecto la Res. IM 598/11.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Dejada sin efecto por Res. IM 887/12, num. 1.
Fuente: 
num. 2 Lit. L)
Observaciones: 
Se establece la estructura orgánico-administrativa.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece que la Unidad de Gestión de Calidad dependerá, en línea Asesora, de la Secretaría General.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece que la Unidad Proyecto "Cohesión social y desarrollo territorial y sustentable en la Cuenca del Arroyo Carrasco" dependerá directamente del Departamento de Acondicionamiento Urbano.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece que la Unidad de Gestión de Calidad y el Instituto de Estudios Municipales, dependerán de la División Tecnología de la Información.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece que la Unidad Expropiaciones y Topografía dependerá directamente de la División Planificación Territorial, eliminándola como dependiente del Servicio de Regulación Territorial.
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea la "División Tecnología de la Información", la cual dependerá jerárquicamente del Departamento de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece que la Jefatura de Atención al Usuario dependerá de la Dirección de Desarrollo Organizacional e Informático, dependiendo directamente de ella la Jefatura de Mesa de Ayuda.
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Se dispone que las actuales facilidades, equipamientos, equipos y presupuesto de la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja y su equipo técnico pasen a depender de la División Planificación Territorial.
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. J
Fuente: 
num. 2
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Crea la División Planificación Estratégica, que dependerá del Departamento de Planificación
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. J
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. J
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num.3
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se crea el ARCHIVO DE LA CIUDAD DE MONTEVIDEO, que dependerá de la Dirección del Instituto de Estudios Municipales.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. I
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 1º, num.6º
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.11
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. A, Lit. I, Lit.I.1
Fuente: 
num. 4
Fuente: 
num. 16
Observaciones: 
num. 17
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se establece que el Centro de Cómputos pasara a depender de la Unidad Central de Planificación.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Se fusionan los Servicios de Estudios Territoriales y Regulación Territorial en un solo servicio, denominado Servicio de Estudios y Regulación Territorial.
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
num. 4De la Gerencia de Proyectos y Agendas Estratégicas dependerán las siguientes Unidades: - Proyectos Urbanos Territoriales - Resiliencia - Equidad, Derechos y Territorio.
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Se establece que el Departamento de Planeamiento Urbano se compondrá de dos Divisiones: División Arquitectura y Urbanismo y División Proyectos y Obras
Fuente: 
art. 1
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0001.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.0012.0000.0000.0000.0000
Id: 
II-R.12