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R.13

CONTADOR GENERAL
El Contador General dependerá directamente de la Intendenta, en línea asesora y de contralor, con los cometidos establecidos en los artículos 44º y 45º de la Ley Orgánica No. 9.515, de 28 de octubre de 1935 y en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera.
Del Contador General dependerá directamente el Sub-Contador General, el Secretariado de Seguridad y Salud y los siguientes Servicios:
SERVICIOS:
- Contabilidad General
- Atención y Liquidación de Acreedores.
El Servicio de Atención y Liquidación de Acreedores se integrará con las siguientes:
UNIDADES:
- Atención a Acreedores
- Liquidación de Acreedores
El Servicio de Contabilidad General se integrará con las siguientes:
UNIDADES:
- Contabilidad Patrimonial
- Contabilidad Presupuestal
- Contabilidad Analítica y Activo Fijo.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
13
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II, Art. 13
Fuentes
Fuente: 
num. 4
Observaciones: 
Se modifica el literal M) del numeral 2º de la Resolución Nº 4264/10 de 15.09.10.
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. M
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
num. 3
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. K
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Lit. K
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. K
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. J
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.12
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Lit. J
Fuente: 
num. 18
Observaciones: 
Fuente: 
num. 11
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0001.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.R.0013.0000.0000.0000.0000
Id: 
II-R.13