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R.1433

El incumplimiento por parte de los usuarios a lo dispuesto en los Arts. D.2454, D.2455 y D. 2459, así como de la limpieza de los bienes funerarios, dará lugar a la aplicación de las multas previstas en el Decreto Departamental No. 21.626, Sección X, Art.11º, numeral 1º.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1433
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XI, Título X, Art. 1433
Notas: 

El Dto.JDM 30.056 de 23/09/02 incorpora en el Artículo 11, numeral 1o. de la Sección X del Dto.JV No. 21.626, de 23/4/84, el siguiente literal: "E) Falta de trabajos de limpieza, conservación y/o reparación de los panteones, nichos, tumbas y demás construcciones de uso particular, temporario o permanente".

Fuentes
Fuente: 
num. 1
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.1473
Administrativo
Órden: 
A.0011.0000.0000.0000.0000.D.0011.0000.0000.0000.0000.E.0010.0000.0000.0000.0000.R.1433.0000.0000.0000.0000
Id: 
XI-R.1433