El Escalafón Cultural y Educativo, previsto en el Art. D. 79.2 se integra con los cargos y funciones cuyas actividades se desarrollan en el campo de la creación, investigación e interpretación o ejecución de las formas artísticas en sus diversas expresiones y lenguajes; y que implican la formulación, desarrollo y aplicación de las diferentes concepciones creativas y sus respectivas técnicas, así como la enseñanza formal curricular de éstas, y la exploración y utilización de recursos tecnológicos instrumentales al proceso de creación.