Hacer extensivo a todos los edificios existentes, cualquiera sea su fecha de construcción, que en el interior de los departamentos se podrán mantener las cañerías existentes destinadas exclusivamente a la ventilación de la instalación sanitaria siempre que las mismas estén construidas en plomo, hierro fundido o cualquier otro material que ofrezca similares garantías, a juicio de la oficina competente.