Back to top

R.1730.16

Convenio. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos para cada uno de los Programas, se formalizará la suscripción de un Convenio entre el Alcalde o la Alcaldesa correspondiente y el interesado. Este procedimiento se seguirá también en los casos de subsidio total.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1730.16
Estado
Estado: 
Dejado sin efecto
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título V.I, Art. 1730.16
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Considerando 1º)
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 19 de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0005.0001.0000.0000.0000.R.1730.0016.0000.0000.0000