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R.1835

El presente Título es de aplicación en las vías, espacios y equipamiento urbano y en los edificios y equipamientos edilicios, ya sean de uso público o privado a construir, reformar o ampliar. En todos los casos será de aplicación la Norma UNIT correspondiente a la cual se hace referencia y en los casos en que ella no lo prevé se establece especialmente en el presente Título el régimen aplicable.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1835
Estado
Estado: 
Dejado sin efecto
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título XIV, Cap. I, Art. 1835
Notas: 

Por Res.IM Nº 3159/14 de 22/07/14 se dispuso modificar la entrada en vigencia de la normativa referente a las disposiciones de “accesibilidad para todas las personas en los espacios urbanos y edificaciones” hasta el 1º/10/2014.

Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Dispuso modificar la entrada en vigencia de la Res.IM Nº 898/14 de 10/03/14 hasta el 1º/10/2014.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Las normas que se aprobaron en los numerales 1º y 2º de la presente Resolución se estableció que entrarían en vigencia en el plazo de 90 días a partir de la fecha de su aprobación. Ver num. 3º.
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0014.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.1835.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1835