En los Concursos de Ascenso los funcionarios que en el acto de inscripción se encontraran incluidos en el Régimen de Limitación de Tareas por causal médica y antes de culminar el respectivo proceso de selección fueran excluidos formalmente de dicho régimen al amparo del artículo R.347 del Volumen III del Digesto e ingresen a una nueva carrera, quedarán eliminados automáticamente del concurso.