Funcionarios del Servicio de Casinos.
El personal del Servicio de Casinos del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional tendrá derecho a una licencia anual de 40 (cuarenta) días, la que acrecerá hasta un máximo de 50 (cincuenta) días en la forma establecida por los artículos D. 114 y R. 263.
La licencia se otorgará en dos períodos de 20 (veinte) días cada uno y en forma rotativa.
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