Funcionarios del Servicio de Casinos.  
El personal del Servicio de Casinos del Departamento de Desarrollo Económico e   Integración Regional tendrá derecho a una licencia anual de 40 (cuarenta) días,   la que acrecerá hasta un máximo de 50 (cincuenta) días en la forma establecida   por los artículos D. 114 y R. 263.  
La licencia se otorgará en dos períodos de 20 (veinte) días cada uno y en forma   rotativa.
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