Si al vencimiento del plazo de 18 (dieciocho) meses referido, el interesado no retirare las placas de matrículas, deberá abonar como precio por el depósito de las mismas, la suma de 1 U.R. (una Unidad Reajustable) anual con excepción de los vehículos comprendidos en las categorías G1, G2 y trailers, los que abonarán 0.50 UR (cero con cincuenta unidad reajustable) anual. Cumplidos los 5 (cinco) años de depósito, la Intendencia procederá a la destrucción de las referidas placas. Transcurridos los 5 (cinco) años el interesado podrá solicitar nuevas placas de matrículas, debiendo abonar las mismas, previo el pago de la deuda generada por el depósito, según lo establecido precedentemente.