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R.96.5

El Servicio Central de Notificaciones devolverá el recaudo correspondiente (ACTUACIÓN) a la oficina de origen en los plazos establecidos en los arts. R.85.2 y R.85.3, según el caso, con un procedimiento similar a su recepción, a cuyos efectos organizará con personal a su cargo, un servicio diario entre las oficinas remitentes con las que le corresponde actuar.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
96.5
Estado
Estado: 
Vaciado
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro II, Parte R, Título I, Cap. V, Art. 96.5
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.R.0096.0005.0000.0000.0000