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Se incorporó un nuevo capítulo en el Volumen VI “Higiene y Asistencia Social”, Parte Legislativa, Título I “Disposiciones Generales”, del Digesto Departamental, denominado “IX. Comercio Electrónico de Alimentos”.

Dto. JDM Nº 37.455 de fecha 8 de junio de 2020, se incorporó un nuevo capítulo en el Volumen VI del Digesto Departamental, donde se regula la comercialización de alimentos mediante el uso de medios electrónicos.