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D.2979

Todas las localidades sobre el piso de planta baja, palcos, galerías, anfiteatro de los pisos altos, serán servidas por caminos de un ancho por lo menos de ochenta centímetros en su iniciación. Este ancho irá en aumento hacia las salidas proporcionalmente al número de las localidades que sirva, a razón de cincuenta centímetros por cada cien personas. El número de estos caminos o pasajes deberá ser suficiente para asegurar una rápida evacuación de los espectadores. También podrá darse al pasaje un ancho uniforme mínimo igual al producto de quince centímetros por el número de asientos que servirá en la fila que tenga más. En este caso los pasajes se ensancharán en las proximidades de las salidas o puertas, en un ángulo no menor de cincuenta grados y de manera que los nuevos límites pasen tangentes a los bordes de los mismos. No se autorizará la instalación de taburetes u otros asientos móviles en los pasajes de circulación.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2979
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XIIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título ÚnicoVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IX, Secc. XIV, Art. 2979
Fuentes
Fuente: 
art. 7
Observaciones: 
Fuente: 
art. 90
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0013.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0009.0000.0000.0000.0000.G.0014.0000.0000.0000.0000.D.2979.0000.0000.0000.0000
Id: 
XIII-D.2979