Cuando se formen sociedades y lleguen al máximo por dicha sociedad, los excedentes podrán jugarse en los casilleros de los socios, si éstos así lo desean, respetando los máximos establecidos.
Cuando se formen sociedades y lleguen al máximo por dicha sociedad, los excedentes podrán jugarse en los casilleros de los socios, si éstos así lo desean, respetando los máximos establecidos.
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