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R.1171.78

El puesto y sus entornos deberán mantenerse en perfecto estado de higiene debiendo el locatario disponer de recipientes de por lo menos 100 litros, con bolsas de polietileno en su interior a los efectos de que se depositen los residuos.
Finalizada la venta, el permisario será responsable de la higiene de la superficie adjudicada a su puesto y del centro de la calzada que le corresponde.
Será causal de revocación del permiso, el incumplimiento a la presente disposición, la cual se documentará en actas “in situ”.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1171.78
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Grupo VIII, Art. 1171.78
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Art. 32 de la Reglamentación
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Art. 32 de la Reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0010.0000.0000.0000.0000.D.0010.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.I.0008.0000.0000.0000.0000.R.1171.0078.0000.0000.0000
Id: 
X-R.1171.78