El quiosco será construido de conformidad con los planos oportunamente aprobados por la Administración, de acuerdo a los diseños tipo que la misma establezca y a cargo exclusivo del permisario, debiendo ser colocado en el lugar preciso que se le indique. Asimismo el permisario deberá informar el lugar en que se procederá a la construcción del quiosco, a fin de que el Departamento de Descentralización pueda verificar oportunamente las dimensiones y demás características de la instalación.