Cuando durante la ejecución de una obra en remoción en la vía pública existiera una interferencia de la misma con una especie vegetal, afectando sus raíces, tronco o ramas y sea necesario realizar una intervención en dicha especie, la misma solo podrá realizarse con la autorización previa de la Intendencia de Montevideo, quien establecerá las condiciones y supervisará la intervención. Los trabajos en las especies vegetales en la vía pública, están comprendidos en la autorización que otorga el artículo D.2215, en los casos y condiciones que en el mismo se establecen.