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D.2229.1

Al efectuar un evento en la vía pública y extraer materiales que deban ser utilizados en la construcción, éstos deberán depositarse en contenciones estancas, con protecciones de madera u otro material, de forma que eviten su diseminación, según lo dispuesto en el Título II, Capítulo III, Sección IV (Parte Reglamentaria). Las herramientas y útiles de trabajo se guardarán en cajas apropiadas. En caso que sea requerida la interrupción del tránsito por la acera, deberán tomarse las medidas necesarias que permitan durante el transcurso del evento, la cómoda circulación por la acera y acceso a las fincas.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2229.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. VII, Parte L, Título III, Cap. I, Art. 2229.1
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Entró en vigencia el 17/06/2025.
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2228.1 y D.2229
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2228 y D.2229
Administrativo
Órden: 
A.0007.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.2229.0001.0000.0000.0000
Id: 
VII-D.2229.1