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Digesto Departamental
Reglamentaria
De las remociones en la vía pública
De la señalización de obras en la vía pública
Depósito de materiales

Volumen VII Obras

Parte Reglamentaria
Título II
De las remociones en la vía pública
Capítulo III
De la señalización de obras en la vía pública
Sección IV
Depósito de materiales

El material extraído como consecuencia de la realización de una obra y que sea posteriormente utilizado, por ejemplo para el relleno de una zanja, deberá ser depositado en su totalidad en cajones especialmente diseñados para ello.
También se podrán emplear bolsones de polipropileno, comúnmente denominados “big bags”, adecuados para contener materiales de construcción.

FuenteObservaciones
num. 9
num. 1
num. 1
R.935.9
num. 4
R.935.9

Los mencionados cajones deberán tener las siguientes características: estar confeccionados de materiales suficientemente resistentes, rígidos y tener como medidas 0,60 metros de ancho, 0,60 metros de alto y un largo máximo de 2,40 metros.

FuenteObservaciones
num. 9
num. 1
num. 1
R.935.10
num. 4
R.935.10

Si la obra permaneciese abierta en horas de la noche se deberá asegurar la suficiente señalización en base a balizas eléctricas (del tipo de las descriptas anteriormente), debidamente distribuidas a lo largo del desarrollo de la obra.

FuenteObservaciones
num. 1

En caso de obras contratadas, cuando los términos del contrato indiquen otra disposición de los materiales extraídos o acopiados, que cumplan satisfactoriamente a juicio de la Administración, con la finalidad de las disposiciones que anteceden, se aplicará ésta, no teniendo validez en ese caso, los Art. R. 935.13 y R. 935.14, salvo indicación expresa en dichos recaudos.
Tal disposición se hará constar en el literal "f" de la solicitud referida en el Art. D. 2222.

FuenteObservaciones
num. 1