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D.2232.1

Para las remociones que se deban ejecutar en pavimentos y cordones cuya conservación esté a cargo de la empresa constructora que los ha realizado, la Intendencia de Montevideo le intimará la ejecución de esas obras, las que se deberán iniciar dentro de los 3 días siguientes a la notificación y en caso de que no se dé cumplimiento por parte de la empresa notificada, en el plazo antes indicado, la Intendencia lo ejecutará por sí o autorizará su ejecución sin perjuicio de aplicar las penalidades previstas en el pliego de condiciones que rigió la contratación.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2232.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II, Art. 2232.1
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2233.1
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2234
Fuente: 
art. 22
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0007.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.D.2232.0001.0000.0000.0000
Id: 
VII-D.2232.1