Facúltase a la Intendencia de Montevideo para extender en cuanto corresponda, los beneficios establecidos por los Decretos Nos. 29.209 y 29.235 del 21 de setiembre y 12 de octubre de 2000, respectivamente, al tributo de Patente de Rodados, por un plazo de sesenta (60) días, a partir de la fecha del emplazamiento que se realice en cada categoría del vehículo.