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A.187.5

en Totid

Las restantes categorías de vehículos, así como los vehículos excluidos en el Artículo anterior harán efectivo el pago de los valores a que refiere el Artículo 1 conjuntamente con la tercera cuota del tributo de Patente de Rodados del año 2001.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
187.5
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. V, Secc. IV, Art. 187.5
Fuentes
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.A.0187.0005.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.187.5