La prueba de haberse efectuado el pago de la tasa correspondiente al ejercicio respectivo (o la comprobación, en su caso, de hallarse aún en plazo para el pago) será imprescindible para obtener la autorización para utilizar el nicho o sepulcro correspondiente, así como para la realización de toda clase de trabajos en los mismos, (tales como reparaciones, modificaciones, ampliaciones, y mejoras y similares), reducción de restos, traslados y otros de la misma índole, y también para la actualización de sus titulaciones o cualquier otra diligencia relacionada con dichos locales.