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A.239

en Tobefu

Resueltas todas las solicitudes, y si quedara disponibilidad presupuestal, se podrá a juicio de la Comisión considerarla en el período siguiente, con los mismos requisitos, plazos y formalidades previéndose un fondo de emergencia para casos excepcionales que previo dictamen del médico de la Comisión implique un riesgo inminente de vida, convocándose en forma urgente a la Comisión, la que se reunirá y resolverá en un plazo de 5 días hábiles.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
239
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Grupo IV, Art. 239
Fuentes
Fuente: 
num. 1 art. 5
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1 art. 5
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.I.0004.0000.0000.0000.0000.A.0239.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.239