Back to top

A.197.7

en Tobefu

En ningún caso como resultado de la participación en las recaudaciones un funcionario podrá percibir por concepto de remuneración sujeta a Montepío más del 80% de la remuneración del Director de División. A los efectos de la aplicación de este tope la asignación semestral deberá proporcionarse mensualmente al igual que la asignación del Director de División.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
197.7
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VIII, Art. 197.7
Fuentes
Fuente: 
num. 8
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0008.0000.0000.0000.0000.A.0197.0007.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.197.7