El Servicio Médico de la Intendencia, designará al efecto, un Tribunal Médico, el cual será competente para declarar el retardo u otras incapacidades mentales de los hijos menores de los funcionarios de la Intendencia jubilados, en las edades comprendidas entre los 16 y 21 años, de forma de posibilitar el ingreso de los mismos al régimen de Seguro de Salud.